COMO CALIFICARSE

REQUISITOS GENERALES DE LA SOLICITUD DE LA CALIFICACIÓN COMO USUARIO INDUSTRIAL DE BIENES, USUARIO INDUSTRIAL DE SERVICIOS Y USUARIO COMERCIAL A INSTALARSE EN LA
ZONA FRANCA BRISA:

Se debe acreditar la intención de ser usuario calificado mediante solicitud escrita ante el usuario operador, adicionando la siguiente información:

1. Razón y objeto social, domicilio, número de Registro Único Tributario, representante legal y suplentes, miembros de la Junta Directiva y socios con excepción de los socios y accionistas de las sociedades anónimas o en comandita por acciones.

2. Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días, en el cual se acredite que la persona jurídica que pretende obtener la calificación como usuario se constituyó como una nueva persona jurídica o se estableció como una sucursal de sociedad extranjera. Se exceptúan de la constitución de nueva persona jurídica los usuarios comerciales. Tratándose de usuarios industriales acreditar que su objeto social se desarrollará exclusivamente dentro de la zona franca permanente

3. Descripción del proyecto a desarrollar.

4. Estudio de factibilidad financiera y económica del proyecto, que demuestre su solidez y capacidad para desarrollar las actividades señaladas en su objeto social.

5. Composición o probable composición del capital vinculado al proyecto, con indicación de su origen nacional o extranjero.

6. El solicitante, los miembros de la junta directiva, los representantes legales, socios y accionistas deberán estar inscritos en el registro único tributario, de conformidad con lo dispuesto en el estatuto tributario.

7. Cuando sea del caso, concepto favorable de la entidad competente sobre el impacto ambiental del proyecto, de acuerdo con las normas ambientales vigentes.

8. Las autorizaciones, acreditaciones y demás requisitos o permisos necesarios para el desarrollo de la actividad exigidos por la autoridad competente que regule, controle o vigile la actividad correspondiente según sea el caso.

9. Manifestación escrita y bajo la gravedad de juramento, del representante legal de la persona jurídica solicitante en la que indique que ni él ni sus socios han sido condenados por delitos no culposos durante los cinco (5) años anteriores a la solicitud de calificación. Este requisito no se exigirá para los accionistas, cuando la persona jurídica se encuentre constituida como una sociedad anónima.

10. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales deberá certificar que el usuario no tenga deudas exigibles con la entidad, o si las tiene que exista acuerdo de pago vigente y, que ni el representante legal ni sus socios han sido sancionados con cancelación por violación a las normas aduaneras. Para lo anterior deberá el usuario operador antes de proceder con la calificación solicitar estas certificaciones a la Dian y si en 10 días no responden, se puede continuar con el proceso de calificación.